viernes, 30 de marzo de 2007

PROPUESTA DE INFRAESTRUCTURAS PENITENCIARIAS

EL PENITENCIARISTA VENEZOLANO
7 2007 noviembre 0:20
1.- Un Centro Integral de Salud Penitenciaria (Reforma Art. 487, puesto que no hará falta la visita…) Medicos con previa capacitación penitenciaria y enfermeros penitenciarios donde pueden ser capacitados en el IUNEP, mención inexistente. (Reforma Artículo 36 y 37 de la Ley de regimen Penitenciario, puesto que el interno no será trasladado a ningun hopistal de ninguna localidad de la ciudad, y el Art. 37 no hace falta porque hay que establecer según el Art. 272 …”propiciará la creación de un ente penitenciario con carácter autónomo y con personal exclusivamente técnico.” Aun así hay que tomarse en cuenta que debe reformarse este Art. Donde expresa: “…pudiendo ser sometidos a modalidades de privatización.” Ya que el estado pierde la capacidad de administrar un recurso que puede darle altos beneficios, siendo este usado con el fin de crear, desarrollar, invertir en un sujeto que puede ser recuperable para la sociedad y e insertado en la sociedad.
Para hablar de este Proyecto Penitenciario . A este proyecto que esta demás decir que es bastante ambicioso, y jamas visto en SUDAMERICA, pero eficazmente necesario para darle rotundamente el cambio y erradicación de la delincuencia en Venezuela, aunque habrá algún país que lo pueda imitar, porque Venezuela es la raíz para sudamerica, estaría el Estado como política exterior extendiendo la creación de ellas, como medio de evolución en el campo^Penitenciario "Misión Penitenciaria Venezolana en el Sudamerica", nada por allí, se podría decir que Venezuela avanza grandemente, este proyecto tiene incluido la propuesta de reforma de la Ley de Régimen Penitenciario convirtiéndola en un Código Orgánico Penitenciario, que va acorde al proyecto de Infraestructuras Integrales Endógenas Penitenciarias, faltaría entonces que al ser entregado, economistas e ingenieros y arquitectos diseñaran las infraestructuras como modelo que se señalan en el proyecto.

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